domingo, 6 de marzo de 2011
Nuevos símbolos de peligro en productos químicos Nueve pictogramas sustituyen a los siete anteriores para informar mejor sobre sus efectos negativos en la salud y el medio ambiente
22:00 | Publicado por
Taller de Empleo "Oficios II"
Así son los nuevos símbolos de peligro
Desde julio de 2008, los nuevos símbolos y los anteriores, como la conocida cruz de San Andrés, se podían utilizar de manera indistinta. A partir del 1 de diciembre de 2010, las empresas deben clasificar, etiquetar y envasar todos sus productos químicos puros puestos en el mercado con el nuevo sistema. Ahora bien, para las mezclas (conocidas antes como preparados), el periodo de transición se extiende hasta enero de 2015. Los nueve símbolos que reemplazan a los siete anteriores son los siguientes:


Corrosivo: el producto puede atacar o destruir metales y causar daños irreversibles a la piel, ojos u otros tejidos vivos, en caso de contacto o proyección.



Qué debe figurar en la etiqueta
Además de los nuevos pictogramas, se incluyen varios cambios en el etiquetado. Se sustituyen las antiguas frases por indicaciones de peligro y consejos de prudencia, y se indica la gravedad del peligro mediante las palabras de advertencia "Peligro" para las categorías más graves y "Atención" para las menos graves. También se equipara el significado del término "Mezcla" con el término "Preparado", que se utilizaba antes en la legislación comunitaria.Se sustituyen las antiguas frases por indicaciones de peligro y consejos de prudenciaEl etiquetado deberá indicar el nombre de la sustancia o de la mezcla y/o un número de identificación, el nombre, la dirección y el número de teléfono del proveedor, y la cantidad nominal de la sustancia o mezcla. Cuando proceda, deberá incluir las indicaciones de peligro como "Peligro de incendio o de proyección", "Mortal en caso de ingestión", etc., consejos de prudencia como "Conservar únicamente en el recipiente original", "Proteger de la humedad", "Mantener fuera del alcance de los niños", etc., así como información adicional, como las propiedades físicas o relativas a los efectos sobre la salud humana. La información estará escrita en la lengua o lenguas oficiales del país en el que se comercializa, salvo que el Estado miembro interesado disponga otra cosa.
La nueva normativa especifica las categorías 1A, 1B y 2 para la clases de peligro carcinogénicas, mutagénicas y tóxicas para la reproducción (CMR) en lugar de las categorías 1, 2 y 3 de la anterior. Para los efectos agudos, establece cinco categorías, en vez de las tres anteriores (tóxico, tóxico y nocivo, T+, T y Xn). También diferencia entre exposición por vía cutánea, oral y por inhalación.
El nuevo sistema no se aplica en los siguientes productos: residuos, medicamentos, cosméticos, determinados productos sanitarios, alimentos, sustancias y mezclas radioactivas, sustancias sometidas a una supervisión aduanera en un depósito temporal o en un depósito franco con el fin de volverse a exportar o en tránsito, las intermedias (sustancia que se fabrica para procesos químicos de transformación en otra sustancia) no aisladas, sustancias y mezclas destinadas a la investigación y el desarrollo científicos y no comercializadas y el transporte de mercancías peligrosas.
Por qué se cambian los pictogramas de peligro
Los nuevos símbolos de peligro forman parte del Reglamento europeo (CE) 1272/2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Para transponerlo a la legislación española, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto (RD). El objetivo de esta normativa es garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente.Para ello, se agregan los criterios de clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas del Sistema Global Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (SGA o GHS), adoptado a nivel internacional en el marco de las Naciones Unidas. La idea es lograr que en todo el mundo se utilicen los mismos símbolos. De esta forma, se acabará con la situación actual, que considera la peligrosidad de una misma sustancia de manera diferente en distintos países.
En el ámbito competencial concreto del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM), el RD incide en cuatro aspectos: sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) debidas al uso de disolventes en determinadas actividades, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos y sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) en determinadas pinturas y barnices en productos de renovación del acabado de vehículos.